jueves, 8 de junio de 2017

Hardware Libre

Se llama hardware librehardware de código abiertoelectrónica libre o máquinas libres a aquellos dispositivos de hardware cuyas especificaciones y diagramas esquemáticos son de acceso público, ya sea bajo algún tipo de pago, o de forma gratuita. La filosofía del software libre es aplicable a la del hardware libre, y por eso forma parte de la cultura libre. Un ejemplo de hardware libre es la arquitectura UltraSparc cuyas especificaciones estén disponibles bajo una licencia libre. La replicación de hardware médico con código gratuito y abierto proporciona ahorros superiores al 90% del coste, lo que hace que el material médico y científico resulte mucho más accesible. 4


Algo del ímpetu para el desarrollo del hardware libre fue iniciado en 2001 con el Challenge to Silicon Valley publicado por Kofi Annan.5 Debido a que la naturaleza del hardware es diferente a la del software, y que el concepto de hardware libre es relativamente nuevo, aún no ha surgido una definición exacta del término.

Hardware reconfigurable
Es aquél descrito mediante un lenguaje de descripción de hardware. Su naturaleza es completamente diferente a la del hardware estático. Se desarrolla de una manera muy similar a como se hace con el software, mediante archivos de texto, que contienen el código fuente. Se les puede aplicar directamente una licencia libre, como la GPL. Los problemas no surgen por la definición de qué es libre o qué debe cumplir para serlo, sino que aparecen con las herramientas de desarrollo necesarias. Para hacer que el hardware reconfigurable sea libre, sólo hay que aplicar la licencia GPL a su código.
Hardware estático
Es el conjunto de elementos materiales o tangibles de los sistemas electrónicos. Ya que el software carece de existencia física, surgen problemas que se describen en el apartado "Desventajas".
Diseño de Hardware Libre (Free hardware design)
Se refiere a un diseño que pueda ser copiado, distribuido, modificado, y fabricado libremente. No implica que el diseño no puede también ser vendido, o que cualquier puesta en práctica de hardware del diseño estará libre de coste. Todas las mismas discusiones sobre el significado de la "libertad" entre los partidarios de la Free Software Foundation, y los partidarios de la licencia Licencia BSD que afecta al software, desafortunadamente las trasladan a los diseños del hardware.
Libre hardware design
Se refiere a la misma clase del diseño free hardware design, pero intenta aclarar que la palabra libre, se refiere a la libertad y no al precio. El término suena fuera de contexto a muchos angloparlantes, pero resulta natural para los franceses. Sus traducciones son naturales para hablantes de otros idiomas, quienes no utilizan una palabra para dar diferentes significados; como por ejemplo: en inglés "free beer" cerveza gratuita y "free speech" libertad de expresión.
Open source hardware
Se refiere al hardware para el cual toda la información del diseño se pone a disposición del público en general. Open source hardware se puede basar en un free hardware design, o el diseño en el cual se basa puede ser restringido de alguna manera.
Open Hardware
Es una marca registrada del Open Hardware Specification Program. Es una forma limitada de open source hardware, para la cual el requisito es que:
"La suficiente documentación del dispositivo debe estar disponible para que un programador competente pueda escribir un controlador del dispositivo. La documentación debe cubrir todas las características de la interfaz del dispositivo - controlador que se espera que cualquier usuario emplee. Esto incluye funciones de entrada-salida, de control y funciones auxiliares como medidas de funcionamiento o diagnósticos de autoprueba. Los detalles de soporte de firmware on-board y de la puesta en práctica de hardware no necesitan ser divulgados excepto cuando son necesarios para permitir programar un controlador para el dispositivo".
Es decir, solamente una cantidad de información limitada sobre el diseño necesita estar disponible; posiblemente no mucha, por ejemplo, para hacer una reparación.
Free hardware
Es un término usado de vez en cuando como sinónimo para el open source hardware. Es un término que busca ser directamente paralelo entre el hardware y el software, pero vela la distinción entre el diseño y la puesta en práctica. El término de free hardware es particularmente confuso puesto que implica el estado físico del hardware, más que su diseño, el cual de alguna manera es libre. Esto no es del todo cierto en el sentido del costo, y tiene poca importancia (excepto metafóricamente) en el sentido social. Lo más simple es evitar este término totalmente, exceptuando su significado de costo, como por ejemplo: las computadoras gratis "free computers" dadas por varias organizaciones sociales.

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Software Libre

El término software libre refiere el conjunto de software (programa informático) que por elección manifiesta de su autor, puede ser copiado, estudiado, modificado, utilizado libremente con cualquier fin y redistribuido con o sin cambios o mejoras.  Su definición está asociada al nacimiento del movimiento de software libre, encabezado por Richard Stallman y la consecuente fundación en 1985 de la Free Software Foundation, que coloca la libertad del usuario informático como propósito ético3 fundamental. Proviene del término en inglés free software, que presenta ambigüedad entre los significados «libre» y «gratis» asociados a la palabra free. Por esto que suele ser considerado como software gratuito y no como software que puede ser modificado sin restricciones de licencia. En este sentido es necesario resaltar que la libertad tiene que ver con el uso y no con la gratuidad.


Un programa informático es software libre si otorga a los usuarios todas estas libertades de manera adecuada. De lo contrario no es libre. Existen diversos esquemas de distribución que no son libres, y si bien podemos distinguirlos sobre la base de cuánto les falta para llegar a ser libres, su uso bien puede ser considerado contrario a la ética en todos los casos por igual.

Las cuatro libertades del software libre
De acuerdo con la definición establecida por Richard Stallman, un software es "libre" cuando garantiza las siguientes libertades:

0  la libertad de usar el programa, con cualquier propósito (uso).
1 la libertad de estudiar cómo funciona el programa y modificarlo, adaptándolo a las propias necesidades (estudio).
2 la libertad de distribuir copias del programa, con lo cual se puede ayudar a otros usuarios (distribución).
3  la libertad de mejorar el programa y hacer públicas esas mejoras a los demás, de modo que toda la comunidad se beneficie (mejora).

Las libertades 1 y 3 requieren acceso al código fuente porque estudiar y modificar software sin su código fuente es muy poco viable.


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Ley de Delitos Informáticos

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Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela
Decreta
La siguiente,
Ley Especial contra los Delitos Informáticos
Título I. Disposiciones Generales
Artículo 1º
Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías, en los términos previstos en esta ley.
Artículo 2º
Definiciones. A los efectos de la presente ley, se entiende por:
a. Tecnología de Información: rama de la tecnología que se dedica al estudio, aplicación y procesamiento de data, lo cual involucra la obtención, creación, almacenamiento, administración, modificación, manejo, movimiento, control, visualización, distribución, intercambio, transmisión o recepción de información en forma automática, así como el desarrollo y uso del “hardware”, “firmware”, “software”, cualesquiera de sus componentes y todos los procedimientos asociados con el procesamiento de data.
b. Sistema: cualquier arreglo organizado de recursos y procedimientos diseñados para el uso de tecnologías de información, unidos y regulados por interacción o interdependencia para cumplir una serie de funciones específicas, así como la combinación de dos o más componentes interrelacionados, organizados en un paquete funcional, de manera que estén en capacidad de realizar una función operacional o satisfacer un requerimiento dentro de unas especificaciones previstas.
c. Data: hechos, conceptos, instrucciones o caracteres representados de una manera apropiada para que sean comunicados, transmitidos o procesados por seres humanos o por medios automáticos y a los cuales se les asigna o se les puede asignar significado.
d. Información: significado que el ser humano le asigna a la data utilizando las convenciones conocidas y generalmente aceptadas.
e. Documento: registro incorporado en un sistema en forma de escrito, video, audio o cualquier otro medio, que contiene data o información acerca de un hecho o acto capaces de causar efectos jurídicos.
f. Computador: dispositivo o unidad funcional que acepta data, la procesa de acuerdo con un programa guardado y genera resultados, incluidas operaciones aritméticas o lógicas.
g. Hardware: equipos o dispositivos físicos considerados en forma independiente de su capacidad o función, que forman un computador o sus componentes periféricos, de manera que pueden incluir herramientas, implementos, instrumentos, conexiones, ensamblajes, componentes y partes.
h. Firmware: programa o segmento de programa incorporado de manera permanente en algún componente de hardware.
i. Software: información organizada en forma de programas de computación, procedimientos y documentación asociados, concebidos para realizar la operación de un sistema, de manera que pueda proveer de instrucciones a los computadores así como de data expresada en cualquier forma, con el objeto de que éstos realicen funciones específicas.
j. Programa: plan, rutina o secuencia de instrucciones utilizados para realizar un trabajo en particular o resolver un problema dado a través de un computador.
k. Procesamiento de data o de información: realización sistemática de operaciones sobre data o sobre información, tales como manejo, fusión, organización o cómputo.
l. Seguridad: Condición que resulta del establecimiento y mantenimiento de medidas de protección que garanticen un estado de inviolabilidad de influencias o de actos hostiles específicos que puedan propiciar el acceso a la data de personas no autorizadas o que afecten la operatividad de las funciones de un sistema de computación.
m. Virus: programa o segmento de programa indeseado que se desarrolla incontroladamente y que genera efectos destructivos o perturbadores en un programa o componente del sistema.
n. Tarjeta inteligente: rótulo, cédula o carnet que se utiliza como instrumento de identificación, de acceso a un sistema, de pago o de crédito y que contiene data, información o ambas, de uso restringido sobre el usuario autorizado para portarla.
ñ. Contraseña (password): secuencia alfabética, numérica o combinación de ambas, protegida por reglas de confidencialidad utilizada para verificar la autenticidad de la autorización expedida a un usuario para acceder a la data o a la información contenidas en un sistema.
o. Mensaje de datos: cualquier pensamiento, idea, imagen, audio, data o información, expresados en un lenguaje conocido que puede ser explícito o secreto (encriptado), preparados dentro de un formato adecuado para ser transmitido por un sistema de comunicaciones.
Artículo 3º
Extraterritorialidad. Cuando alguno de los delitos previstos en la presente ley se cometa fuera del territorio de la República, el sujeto activo quedará sujeto a sus disposiciones si dentro del territorio de la República se hubieren producido efectos del hecho punible y el responsable no ha sido juzgado por el mismo hecho o ha evadido el juzgamiento o la condena por tribunales extranjeros.
Artículo 4º
Sanciones. Las sanciones por los delitos previstos en esta ley serán principales y accesorias.
Las sanciones principales concurrirán con las accesorias y ambas podrán también concurrir entre sí, de acuerdo con las circunstancias particulares del delito del cual se trate, en los términos indicados en la presente ley.
Artículo 5º
Responsabilidad de las personas jurídicas. Cuando los delitos previstos en esta Ley fuesen cometidos por los gerentes, administradores, directores o dependientes de una persona jurídica, actuando en su nombre o representación, éstos responderán de acuerdo con su participación culpable. La persona jurídica será sancionada en los términos previstos en esta Ley, en los casos en que el hecho punible haya sido cometido por decisión de sus órganos, en el ámbito de su actividad, con sus recursos sociales o en su interés exclusivo o preferente.
Título II. De los delitos
Capítulo I. De los delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de información
Artículo 6º
Acceso indebido. El que sin la debida autorización o excediendo la que hubiere obtenido, acceda, intercepte, interfiera o use un sistema que utilice tecnologías de información, será penado con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta unidades tributarias.
Artículo 7º
Sabotaje o daño a sistemas. El que destruya, dañe, modifique o realice cualquier acto que altere el funcionamiento o inutilice un sistema que utilice tecnologías de información o cualquiera de los componentes que lo conforman, será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias.
Incurrirá en la misma pena quien destruya, dañe, modifique o inutilice la data o la información contenida en cualquier sistema que utilice tecnologías de información o en cualquiera de sus componentes. La pena será de cinco a diez años de prisión y multa de quinientas a mil unidades tributarias, si los efectos indicados en el presente artículo se realizaren mediante la creación, introducción o transmisión, por cualquier medio, de un virus o programa análogo.
Artículo 8º
Sabotaje o daño culposos. Si el delito previsto en el artículo anterior se cometiere por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas establecidas, se aplicará la pena correspondiente según el caso, con una reducción entre la mitad y dos tercios.
Artículo 9º
Acceso indebido o sabotaje a sistemas protegidos. Las penas previstas en los artículos anteriores se aumentarán entre una tercera parte y la mitad cuando los hechos allí previstos o sus efectos recaigan sobre cualquiera de los componentes de un sistema que utilice tecnologías de información protegido por medidas de seguridad, que esté destinado a funciones públicas o que contenga información personal o patrimonial de uso restringido sobre personas o grupos de personas naturales o jurídicas.
Artículo 10º
Posesión de equipos o prestación de servicios de sabotaje. El que, con el propósito de destinarlos a vulnerar o eliminar la seguridad de cualquier sistema que utilice tecnologías de información, importe, fabrique, posea, distribuya, venda o utilice equipos o dispositivos; o el que ofrezca o preste servicios destinados a cumplir los mismos fines, será penado con prisión de tres a seis años y multa de trescientas a seiscientas unidades tributarias.
Artículo 11º
Espionaje informático. El que indebidamente obtenga, revele o difunda la data o información contenidas en un sistema que utilice tecnologías de información o en cualquiera de sus componentes, será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias. La pena se aumentará de un tercio a la mitad, si el delito previsto en el presente artículo se cometiere con el fin de obtener algún tipo de beneficio para sí o para otro.
El aumento será de la mitad a dos tercios, si se pusiere en peligro la seguridad del Estado, la confiabilidad de la operación de las instituciones afectadas o resultare algún daño para las personas naturales o jurídicas como consecuencia de la revelación de las informaciones de carácter reservado.
Artículo 12º
Falsificación de documentos. El que, a través de cualquier medio, modifique o elimine un documento que se encuentre incorporado a un sistema que utilice tecnologías de información; o cree, modifique o elimine datos del mismo; o incorpore a dicho sistema un documento inexistente, será penado con prisión de tres a seis años y multa de trescientas a seiscientas unidades tributarias. Cuando el agente hubiere actuado con el fin de procurar para sí o para otro algún tipo de beneficio, la pena se aumentará entre un tercio y la mitad. El aumento será de la mitad a dos tercios si del hecho resultare un perjuicio para otro.
Capítulo II. 
De los Delitos Contra la Propiedad
Artículo 13º
Hurto. El que a través del uso de tecnologías de información, acceda, intercepte, interfiera, manipule o use de cualquier forma un sistema para apoderarse de bienes o valores tangibles o intangibles de carácter patrimonial sustrayéndolos a su tenedor, con el fin de procurarse un provecho económico para sí o para otro, será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.
Artículo 14º
Fraude. El que, a través del uso indebido de tecnologías de información, valiéndose de cualquier manipulación en sistemas o cualquiera de sus componentes o en la data o información en ellos contenida, consiga insertar instrucciones falsas o fraudulentas que produzcan un resultado que permita obtener un provecho injusto en perjuicio ajeno, será penado con prisión de tres a siete años y multa de trescientas a setecientas unidades tributarias.
Artículo 15º
Obtención indebida de bienes o servicios. El que, sin autorización para portarlos, utilice una tarjeta inteligente ajena o instrumento destinado a los mismos fines, o el que utilice indebidamente tecnologías de información para requerir la obtención de cualquier efecto, bien o servicio o para proveer su pago sin erogar o asumir el compromiso de pago de la contraprestación debida, será castigado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.
Artículo 16º
Manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos. El que por cualquier medio, cree, capture, grabe, copie, altere, duplique o elimine la data o información contenidas en una tarjeta inteligente o en cualquier instrumento destinado a los mismos fines; o el que, mediante cualquier uso indebido de tecnologías de información, cree, duplique o altere la data o información en un sistema con el objeto de incorporar usuarios, cuentas, registros o consumos inexistentes o modifique la cuantía de éstos, será penado con prisión de cinco a diez años y multa de quinientas a mil unidades tributarias. En la misma pena incurrirá quien, sin haber tomado parte en los hechos anteriores, adquiera, comercialice, posea, distribuya, venda o realice cualquier tipo de intermediación de tarjetas inteligentes o instrumentos destinados al mismo fin, o de la data o información contenidas en ellos o en un sistema.
Artículo 17º
Apropiación de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos. El que se apropie de una tarjeta inteligente o instrumento destinado a los mismos fines, que se hayan perdido, extraviado o hayan sido entregados por equivocación, con el fin de retenerlos, usarlos, venderlos o transferirlos a persona distinta del usuario autorizado o entidad emisora, será penado con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta unidades tributarias. La misma pena se impondrá a quien adquiera o reciba la tarjeta o instrumento a que se refiere el presente artículo.
Artículo 18º
Provisión indebida de bienes o servicios. El que, a sabiendas de que una tarjeta inteligente o instrumento destinado a los mismos fines, han sido falsificados, alterados, se encuentran vencidos o revocados o han sido indebidamente obtenidos o retenidos, provea a quien los presente, de dinero, efectos, bienes o servicios o cualquier otra cosa de valor económico, será penado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.
Artículo 19º
Posesión de equipo para falsificaciones. El que sin estar debidamente autorizado para emitir, fabricar o distribuir tarjetas inteligentes o instrumentos análogos, reciba, adquiera, posea, transfiera, comercialice, distribuya, venda, controle o custodie cualquier equipo de fabricación de tarjetas inteligentes o de instrumentos destinados a los mismos fines o cualquier equipo o componente que capture, grabe, copie o transmita la data o información de dichas tarjetas o instrumentos, será penado con prisión de tres a seis años y multa de trescientas a seiscientas unidades tributarias.
Capítulo III. 
De los delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones
Artículo 20º
Violación de la privacidad de la data o información de carácter personal. El que por cualquier medio se apodere, utilice, modifique o elimine, sin el consentimiento de su dueño, la data o información personales de otro o sobre las cuales tenga interés legítimo, que estén incorporadas en un computador o sistema que utilice tecnologías de información, será penado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias. La pena se incrementará de un tercio a la mitad si como consecuencia de los hechos anteriores resultare un perjuicio para el titular de la data o información o para un tercero.
Artículo 21º
Violación de la privacidad de las comunicaciones. Incurrirá en la pena de dos a seis años de prisión y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias, el que, mediante el uso de tecnologías de información, acceda, capture, intercepte, interfiera, reproduzca, modifique, desvíe o elimine cualquier mensaje de datos o señal de transmisión o comunicación ajenos.
Artículo 22º
Revelación indebida de data o información de carácter personal. El que revele, difunda o ceda, en todo o en parte, los hechos descubiertos, las imágenes, el audio o, en general, la data o información obtenidos por alguno de los medios indicados en los artículos precedentes, aún cuando el autor no hubiese tomado parte en la comisión de dichos delitos, será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.
Si la revelación, difusión o cesión se hubieren realizado con un fin de lucro o si resultare algún perjuicio para otro, la pena se aumentará de un tercio a la mitad. Capítulo IV. De los delitos contra niños o adolescentes
Artículo 23º
Difusión o exhibición de material pornográfico. El que por cualquier medio que involucre el uso de tecnologías de información, exhiba, difunda, transmita o venda libremente, de modo que pueda ser accedido por niños o adolescentes, material pornográfico o reservado a personas adultas, será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.
Artículo 24º
Exhibición pornográfica de niños o adolescentes. El que por cualquier medio que involucre el uso de tecnologías de información, utilice a la persona o imagen de un niño o adolescente con fines exhibicionistas o pornográficos, será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias.
Capítulo V. 
De los delitos contra el orden económico
Artículo 25º
Apropiación de propiedad intelectual. El que, sin autorización de su propietario y con el fin de obtener algún provecho económico, reproduzca, modifique, copie, distribuya o divulgue un software u otra obra del intelecto que haya obtenido mediante el acceso a cualquier sistema que utilice tecnologías de información, será sancionado con prisión de uno a cinco años y multa de cien a quinientas unidades tributarias.
Artículo 26º
Oferta engañosa. El que ofrezca, comercialice o provea de bienes o servicios mediante el uso de tecnologías de información y haga alegaciones falsas o atribuya características inciertas a cualquier elemento de dicha oferta de modo que pueda resultar algún perjuicio para los consumidores, será sancionado con prisión de uno a cinco años y multa de cien a quinientas unidades tributarias, sin perjuicio de la comisión de un delito más grave.

Título III. 
Disposiciones comunes
Artículo 27º
Agravantes. La pena correspondiente a los delitos previstos en la presente Ley se incrementará entre un tercio y la mitad:
1º Si para la realización del hecho se hubiere hecho uso de alguna contraseña ajena indebidamente obtenida, quitada, retenida o que se hubiere perdido. 2º Si el hecho hubiere sido cometido mediante el abuso de la posición de acceso a data o información reservada o al conocimiento privilegiado de contraseñas en razón del ejercicio de un cargo o función.
Artículo 28º
Agravante especial. La sanción aplicable a las personas jurídicas por los delitos cometidos en las condiciones señaladas en el artículo 5 de esta Ley, será únicamente de multa, pero por el doble del monto establecido para el referido delito.
Artículo 29º
Penas accesorias. Además de las penas principales previstas en los capítulos anteriores, se impondrán, sin perjuicio de las establecidas en el Código Penal, las accesorias siguientes:
1º El comiso de equipos, dispositivos, instrumentos, materiales, útiles, herramientas y cualquier otro objeto que hayan sido utilizados para la comisión de los delitos previstos en los artículos 10 y 19 de la presente ley.
2º El trabajo comunitario por el término de hasta tres años en los casos de los delitos previstos en los artículos 6 y 8 de esta Ley.
3º La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos, para el ejercicio de la profesión, arte o industria, o para laborar en instituciones o empresas del ramo por un período de hasta tres (3) años después de cumplida o conmutada la sanción principal cuando el delito se haya cometido con abuso de la posición de acceso a data o información reservadas o al conocimiento privilegiado de contraseñas en razón del ejercicio de un cargo o función públicos, del ejercicio privado de una profesión u oficio o del desempeño en una institución o empresa privadas, respectivamente.
4º La suspensión del permiso, registro o autorización para operar o para el ejercicio de cargos directivos y de representación de personas jurídicas vinculadas con el uso de tecnologías de información hasta por el período de tres (3) años después de cumplida o conmutada la sanción principal, si para cometer el delito el agente se hubiere valido o hubiere hecho figurar a una persona jurídica.
Artículo 30º
Divulgación de la sentencia condenatoria. El Tribunal podrá disponer, además, la publicación o difusión de la sentencia condenatoria por el medio que considere más idóneo.
Artículo 31º
Indemnización Civil Especial. En los casos de condena por cualquiera de los delitos previstos en los Capítulos II y V de esta Ley, el Juez impondrá en la sentencia una indemnización en favor de la víctima por un monto equivalente al daño causado.
Para la determinación del monto de la indemnización acordada, el Juez requerirá del auxilio de expertos.
Título IV. 
Disposiciones Finales
Artículo 32º
Vigencia. La presente Ley entrará en vigencia, treinta días después de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 33º
Derogatoria. Se deroga cualquier disposición que colida con la presente Ley.
Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los cuatro días del mes de septiembre de dos mil uno. Año 191° de la Independencia y 142° de la Federación.
Willian Lara
Presidente
Leopoldo Puchi Gerardo Saer Pérez
Primer Vicepresidente Segundo Vicepresidente
Eustoquio Contreras Vladimir Villegas
Secretario Subsecretario

Plan Nacional de Telecomunicaciones, Informática y Servicios Postales - PNTIySP 2007-2013

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Introducción
El Plan Nacional de Telecomunicaciones, Informática y Servicios Postales fue desarrollado a partir de un ejercicio de construcción colectiva. La construcción fue producto de un proceso de consulta plural con representantes de los distintos sectores –públicos, privados y comunitarios— de la vida nacional, seleccionados tomando en cuenta las áreas prioritarias: Educación, Salud, Seguridad, Producción y Empleo, entre otras.
La visión para el sector reconoce la comunicación como un Derecho Humano, al igual que la participación para el desarrollo, entendiendo que las telecomunicaciones, la informática y los servicios postales, convergen en algunos casos y se complementan en otros, como herramientas potenciadoras del ejercicio de ese derecho. Por lo tanto, se declara la necesidad de garantizar el acceso a los servicios del sector a todos los ciudadanos sin exclusión. Es decir su uso no deberá ser privilegio de pocos.
En el marco del PNTIySP, las Tecnologías de Comunicación e Información son “concebidas como el universo de dos conjuntos: las Tecnologías de Comunicación tradicionales (TC), principalmente radio, televisión y servicios de telefonía convencional; y las Tecnologías de Información (TI), caracterizadas por la digitalización de las tecnologías para el registro de contenidos (procesamiento de información), para la comunicación (telemática), y para las interfaces (medios), todo lo cual se ha hecho posible gracias a la adaptabilidad y los avances de la computación. Por todo esto, el producto bandera de las TIC es la Internet.” Este concepto ha sido tomado del Reporte de Desarrollo Humano Venezuela 2002 – Tecnologías de Información y Comunicación al Servicio del Desarrollo, PNUD.
Cinco Líneas Generales del PNTIySP
Para el logro de los objetivos, el plan se ha dividido en cinco Líneas Generales; cada una de éstas se dividen en Estrategias, y a su vez, éstas se subdividen en Políticas:
1. Acceso Masivo a las TIC
2. Soberanía e Independencia Tecnológica
3. Transformación del Estado
4. Uso y Aplicación de las TIC y SP como Herramientas habilitadoras del desarrollo
5. Modelo Comunicacional Inclusivo

1. Acceso masivo a los TIC
Para poder utilizar las herramientas TIC y SP, primero hay que poder acceder a ellas, y la vía son las plataformas o la infraestructura. Por ello esta palanca se enfoca en que el Estado esté en capacidad de garantizar ese acceso a todos los ciudadanos, asociaciones comunitarias y socio-productivas, ya sea para desarrollar, explotar o utilizar las plataformas.
La inclusión debe corregir el desequilibrio en la posibilidad de acceso impuesto por el mercado con base al poder adquisitivo de las personas. Así mismo, debe corregir los desequilibrios en la disponibilidad de las plataformas en el todo el territorio nacional, también generado por la ética del capital que se abstuvo de desarrollarlas en zonas consideradas “poco rentables”.
Objetivos Estratégicos
1.1 AMPLIAR INFRAESTRUCTURA
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales a la ampliación de la infraestructura necesaria para el acceso a dichos servicios indistintamente de la ubicación geográfica.
1.1.1 Desplegar redes en zonas de desarrollo prioritario
Llegar con redes de telecomunicaciones y servicios postales en zonas designadas como prioritarias, por el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007 – 2013. , como parte de la desconcentración de los procesos productivos o por ser clave para la seguridad y defensa de la nación.
1.1.2 Facilitar el acceso a terminales y aplicaciones
Crear las condiciones para maximizar el acceso a los terminales y aplicaciones necesarias para utilizar las Tecnologías de Información y Comunicación y los Servicios Postales.
1.1.3 Ampliar la cobertura territorial de los servicios postales del Estado:
Ampliar la cobertura de los Servicios Postales del Estado a todo el territorio nacional, para apoyar la desconcentración territorial e incluir en el acceso a servicios más económicos a más poblaciones, y así a más ciudadanos y asociaciones socio-productivas.
1.1.4 Estimular la oferta de servicios y equipos a bajo costo:
Lograr que el costo de los terminales y equipos necesarios no sea una barrera para ciudadanos y comunidades, contribuyendo así a la ampliación de la infraestructura.


1.2 FAVORECER LA INCLUSIÓN SOCIAL
Orientar la acción del Estado en materia de TIC y SP a corregir los desequilibrios causados por la visión capitalista de mercados del sector, que deja excluidos del acceso a aquellos ciudadanos sin los medios económicos o que hacen vida en zonas del territorio nacional en las que no se desarrolló infraestructura.
1.2.1 Estimular la oferta de servicios y equipos a bajo costo
Lograr que el costo de los terminales y equipos necesarios no sea una barrera para la inclusión de más ciudadanos, comunidades y asociaciones socio-productivas.
1.2.2 Optimizar la calidad de los servicios postales del Estado
Lograr que los servicios postales provistos por el Estado venezolano sean una alternativa de calidad, en cuanto a tiempos de entrega, confiabilidad, privacidad e integridad de los envíos, a precios socialmente razonables, para todos los venezolanos y asociaciones socioproductivas.
1.2.3 Favorecer la participación de Empresas de Producción Social, Empresas de Propiedad Social, Cooperativas y PyMEs
Crear las condiciones para la creación de Empresas de Producción Social, Empresas de Propiedad Social, cooperativas y PyMEs tengan acceso a los servicios, pudiendo así participar en la economía productiva.
1.2.4 Incrementar la penetración de los servicios
Lograr que más ciudadanos, habitantes de poblaciones rurales y peri urbanas tengan acceso a los servicios.

2. Soberanía e independencia Tecnológico
Por ser las Tecnologías de Información y Comunicación y los Servicios Postales, herramientas necesarias para apalancar un desarrollo libre y soberano de la nación en lo económico, lo social, lo cultural y lo político, y que además son en sí mismas estratégicas para que el Estado garantice, articule y coordine ese desarrollo, es imperante asegurar la soberanía e independencia de la Nación en la continuidad de la satisfacción de sus necesidades con respecto a la disponibilidad, calidad y operatividad de dichas herramientas.

Objetivos Estratégicos
2.1 IMPULSAR LA INTEGRACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y los Servicios Postales a la facilitación de la interacción entre las organizaciones sociales y productivas de los pueblos, para superar las brechas entre éstos, y aprovechar las oportunidades de complementariedad económica, social, cultural, política y de defensa, como factor necesario para la creación de un polo alternativo al polo hegemónico actual.
2.1.1 Establecer convenios de cooperación tecnológica con países aliados
Fortalecer el desarrollo de soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales que respondan a principios y valores sociales, económicos, culturales, políticos y militares, compartidos por Venezuela y países aliados.
2.1.2 Interconectar redes nacionales y regionales
Crear la red de Telecomunicaciones y de Servicios Postales que habiliten la interacción e intercambio de conocimientos y saberes entre los habitantes y comunidades de todas las zonas del territorio nacional y demás países de la región.
2.1.3 Promover plataformas de servicios compartidos latinoamericanas y caribeñas
Crear plataformas de servicios compartidos o interconectados que permitan el registro, preservación e intercambio de contenidos relevantes para la integración y desarrollo de la región.

2.2 REDUCIR NIVELES DE DEPENDENCIA
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales a la reducción de la dependencia de soluciones provistas por monopolios u oligopolios transnacionales del sector, o por empresas no dispuestas a respetar la soberanía e independencia nacional.
2.2.1 Maximizar el tráfico (voz, datos y video) local y regional dentro del territorio nacional (NAP)
Minimizar el riego para la soberanía e independencia, así como los costos derivados de la actual necesidad de “enrrutar” el tráfico nacional y regional de voz, datos y video hacia la red (WWW) a través de nodos dependientes o regulados por países afines a poder hegemónico actual.
2.2.2 Promover el desarrollo y uso de Software libre y Contenidos bajo estándares abiertos
Aprovechar la oportunidad que ofrece el modelo de licenciamiento de software libre (GNU) para potenciar el desarrollo nacional de soluciones Tecnologías de Información y Comunicación adaptadas a las necesidades del Modelo de Producción Socialista y del Estado venezolano.
2.2.3 Diversificar las fuentes de provisión de tecnología
Minimizar el riesgo derivado de la dependencia de monopolios, oligopolios transnacionales o empresas extranjeras de países no aliados para el aprovisionamiento, especialmente por parte del Estado, de soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales.
2.2.4 Asegurar la transferencia tecnológica en convenios de cooperación y empresas mixtas
Garantizar, en los convenios de cooperación, contratos con empresas de países aliados o en la conformación de empresas mixtas, que exista una verdadera transferencia tecnológica, especialmente en las áreas asociadas al conocimiento de diseño y desarrollo, para generar capacidades nacionales de creación y desarrollo de bienes y servicios de Tecnologías de Información y Comunicación.
2.2.5. Promover el uso de los servicios postales del Estado por parte de órganos y entes del Estado
Crear políticas para que los órganos y entes del Estado privilegien el uso de los servicios postales del Estado en todos los casos en que el servicio garantice acceso, confiabilidad y seguridad, para que sea el Estado el primer cliente y promotor del renacimiento del nuevo Sistema Postal del Estado Venezolano.


2.3 DESARROLLAR INDUSTRIA NACIONAL
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales al desarrollo y mantenimiento de una industria nacional que cumpla un doble propósito: crear soluciones basadas en dichas herramientas que respondan a la demanda de las comunidades venezolanas, asociaciones socio-productivas y de un Estado soberano e independiente, eficaz, eficiente y transparente en su gestión, al tiempo que genera oportunidades para el desarrollo y la preservación en el país del talento humano capacitado.
2.3.1 Promoción de la Investigación y Desarrollo Nacional
Crear las condiciones necesarias para que se dé y se mantenga en el tiempo la actividad nacional de desarrollo de soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales, aplicables a las necesidades de las comunidades, del modelo de Producción Socialista y del Estado venezolano.
2.3.2 Promover la creación de EPS, cooperativas y PyMES
Crear las condiciones para que se generen Empresas de Propiedad Social, Empresas de Producción Social, cooperativas y PyMEs dedicadas a las Tecnologías de Información y Comunicación y a los Servicios Postales, con el propósito de fortalecer la oferta de insumos de alto valor agregado nacional para la industria y la distribución de los bienes y servicios del sector.
2.3.3 Promover el desarrollo local de tecnologías
Incrementar la capacidad de generación de soluciones Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales nacionales, para contribuir a la disminución de la demanda de soluciones importadas.
2.3.4 Estimular los capitales de riesgo para fomentar el despliegue de empresas de base tecnológica
Crear las condiciones necesarias para atraer capitales de riesgo, nacionales o de países aliados, que contribuyan a la creación de empresas productoras de bienes y servicios de Tecnologías de Información y Comunicación y Postales.

2.4 PROMOVER LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales al logro de la seguridad de la información (confidencialidad, integridad y disponibilidad) de los ciudadanos, asociaciones de ciudadanos y del Estado venezolano.
2.4.1 Garantizar el uso amplio de sistemas de identificación segura y confiable
Garantizar la autenticidad de la identificación de los ciudadanos que tengan acceso a las plataformas tecnológicas y a la información que estas manejan. Es decir, que quienes accedan a la información sea quienes afirman ser, y que estén autorizados para hacerlo.
2.4.2 Desarrollar estándares nacionales para la seguridad de la información
Facilitar la adopción de estándares de seguridad de la información robustos para proteger a los ciudadanos, asociaciones socio-productivas y al Estado Venezolano de los riesgos de seguridad de la información (Confidencialidad, Integridad y Disponibilidad) y minimizar el impacto negativo en caso de que los riesgos se materialicen.


2.5 CONTRIBUIR CON LA SEGURIDAD Y DEFENSA DE LA NACIÓN
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales para que apoye a los órganos de seguridad y defensa de la nación en el despliegue de una plataforma de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales segura, que responda al nuevo pensamiento militar venezolano.
2.5.1 Garantizar cobertura de servicios en zonas fronterizas, de seguridad y estratégicas
Promover y apoyar a los órganos de seguridad y defensa de la nación mediante el impulso para el despliegue de soluciones de telecomunicaciones efectivas en las áreas fronterizas, de seguridad o estratégicas.
2.5.2 Proteger y defender la seguridad de la información del Estado
Apoyar a los órganos de seguridad y defensa de la nación en el logro de una plataforma de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales que garantice la seguridad de la información que manejan.
2.5.3 Apoyar en selección y despliegue de TIC y SP a los órganos de seguridad y defensa de la nación
Apoyar a los órganos de seguridad y defensa de la nación para garantizar que las herramientas de Tecnologías de Información y Comunicación y los Servicios Postales que adopten garanticen la seguridad de la información que manejan.

2.6 DESARROLLAR Y PRESERVAR EL TALENTO HUMANO
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales a la formación, desarrollo permanente y preservación de talento humano nacional capacitado para ser participantes activos en la creación de la infraestructura de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales que soportará el Nuevo Modelo de Producción Socialista venezolano.
2.6.1 Incorporar al Sector Académico en el desarrollo de soluciones TIC y SP de aplicación social
Aprovechar la fuente de talento humano capacitado en Tecnologías de Información y Comunicación y en Servicios Postales y disciplinas conexas, existente en el sector académico nacional, con el triple propósito de crear soluciones, servir de incentivo al desarrollo adicional de sus capacidades, e incentivar su permanencia productiva en el país.
2.6.2 Instrumentar Programas que incentiven la formación y permanencia del talento humano
Mantener en el país una fuente de talento humano socialmente comprometido, capacitado y actualizado en Tecnologías de Información y Comunicación y en los Servicios Postales y disciplinas conexas, activo y participando en el desarrollo del sector.



3. Transformación del Estado
El gran potencial transformador de las Tecnologías de Información y Comunicación y de los Servicios Postales, convergiendo en algunos casos y complementándose en otras, no puede ni debe ser ajeno al Estado venezolano. Mucho menos cuando ese Estado es parte de un proyecto revolucionario humanista, que propugna la Mayor Suma de Felicidad Posible.
Las Tecnologías de Información y Comunicación aplicadas al Estado pueden catalizar su transformación como principal garante de la Suprema Felicidad Social, así como promotor y habilitador del ejercicio ciudadano de la Democracia Protagónica Revolucionaria.
Debemos transformar el Estado para hacerlo más eficiente, eficaz, y transparente de cara al cumplimiento de los deberes constitucionales para con los ciudadanos y satisfacer las expectativas de la gran mayoría del pueblo venezolano comprometido con las propuestas de cambio del proyecto Socialista Bolivariano. Por sí solas las Tecnologías de Información y Comunicación y los Servicios Postales no podrán lograr la transformación, pero si existe la voluntad política y el entendimiento de que éstas pueden convertirse en un medio para acelerar y habilitar el lograrlo debemos aprovechar la oportunidad.

Objetivos Estratégicos
3.1 OPTIMIZAR PROCESOS ADMINISTRATIVOS
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales hacia crear las condiciones para que la Administración Pública modernice y agilice sus procesos administrativos y los flujos de información asociados a ellos, aprovechando dichas herramientas.
3.1.1 Garantizar la integridad referencial y semántica de elementos de información comunes a distintos órganos y entes del Estado
Garantizar que los datos objetivos que describen a una misma persona, comunidad, organización, o situación sean descritos, conocidos y tengan los mismos valores para todos los órganos y entes del Estado que los registran, preservan y utilizan.
3.1.2 Impulsar la Estandarización de procesos comunes de órganos y entes del Estado
Promover la estandarización de procesos comunes de órganos y entes del Estado, catalizada por las potencialidades de las Tecnologías de Información y Comunicación, y por Servicios Postales de calidad.
3.1.3 Promover la automatización de los procesos y sistemas de trabajo
Contribuir a la eficacia, eficiencia y transparencia de la gestión de órganos y entes de Estado, automatizando los procesos de trabajo y flujos de información asociados, optimizados y estandarizados, necesarios para dicha gestión.
3.1.4 Asesorar a los órganos y entes del Estado en el uso eficaz de los recursos del Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales en sus funciones
Diseñar e implementar mecanismos de comunicación, generación, preservación y difusión de conocimientos asociados a las mejores prácticas y usos de las Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales en el Estado para la gestión del Estado.
3.1.5 Ofrecer soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales para todos los órganos y entes del Estado
Incrementar la oferta de soluciones específicas, seguras y de calidad para los distintos órganos y entes del Estado. Articulando y haciendo más eficiente además la inversión del Estado en recursos Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales dedicados a apoyar procesos comunes y/o similares.

3.2 IMPULSAR EL GOBIERNO ELECTRÓNICO
En la medida en que se vayan optimizando los procesos administrativos del Estado se debe impulsar a éste en la transición a la Sociedad de la Información, mediante la adopción de las TIC en los poderes públicos combinadas con cambios organizacionales y nuevas habilidades para mejorar, tanto la gestión a lo interno, como los servicios públicos y los procesos democráticos, y fortalecer el apoyo a las políticas públicas.
3.2.1 Garantizar una solución de servicios Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales que permita al Poder Comunal su coordinación e interacción con otros poderes
La importancia y relevancia de los consejos comunales en el ejercicio de la Democracia Participativa Revolucionaria representada por el Poder Popular, hace necesario enfocar esfuerzos para garantizar que éstos cuenten con herramientas necesarias y apropiadas para apoyar su gestión eficiente y transparente, y que las comunidades puedan ejercer su derecho participar en la definición de las políticas públicas de su comunidad y en la contraloría social de su ejecución.
3.2.2 Unificar criterios para portales del Estado de servicios en línea al ciudadano y empresas
Mejorar la calidad, imagen y contenido de los portales de servicios en línea de los distintos órganos y entes del Estado, mediante el uso de criterios unificados preestablecidos, incluyendo la respuesta a las necesidades de las personas discapacitadas. Con esto se busca apoyar la masificación incluyente del uso de las herramientas de gobierno electrónico por todos los ciudadanos.
3.2.3 Impulsar desarrollo de aplicaciones estándares para automatizar procesos comunes de órganos y entes del Estado
Impulsar el desarrollo de aplicaciones estándar, certificables, destinadas a la automatización de procesos comunes a diferentes órganos y entes del Estado, aprovechando los atributos de replicabilidad de las soluciones. Esto permitirá que en la pirámide de planificación y ejecución de políticas públicas y de los proyectos y presupuestos derivados de esto se pueda contar con mecanismos similares de reporte de gestión para los órganos competentes para evaluarla en los niveles comunales, municipales, estadales y nacionales, basados en indicadores iguales para cada nivel.
3.2.4 Ofrecer información, asesoría y promoción a los ciudadanos en el uso efectivo de los servicios en línea
Incrementar el uso efectivo de los ciudadanos de los servicios en línea ofrecidos por el Estado, aumentando los niveles de participación, mejorando la calidad de los servicios, reduciendo los tiempos efectivos de respuesta y los costos de la prestación de los servicios.

3.3 INCREMENTAR LA TRANSPARENCIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA Y DE LA
ATENCIÓN AL CIUDADANO
Proporcionar herramientas de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales, que obliguen a la transparencia en todos los actos de las todos los poderes públicos en los ámbitos nacional, regional, municipal y comunal, y que así faciliten el ejercicio ciudadano de la contraloría social.
3.3.1 Garantizar la incorporación de huellas auditables a las aplicaciones de automatización de gestión de los órganos y entes del Estado
Garantizar el desarrollo y puesta en marcha de soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales, que mantengan registros seguros y confiables de las actividades asociadas a los procesos de gestión pública desarrolladas por todos los funcionarios.
3.3.2 Garantizar soluciones TIC y SP para la contraloría social
Garantizar el desarrollo y puesta en marcha de soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales, que faciliten a los ciudadanos, comunidades y empresas el ejercicio de la contraloría social de la gestión de los órganos y entes del Estado.

3.4 OBJETIVO ESTRATÉGICO DE 1er NIVEL: PROMOVER AJUSTES NECESARIOS AL
MARCO JURÍDICO
Asegurarse que el marco jurídico, probado que están emplazados los mecanismos de seguridad de la información necesarios, permitan la optimización y agilización de los procesos de administrativos y de servicios de los poderes públicos del Estado, de manera de garantizar su eficacia, eficiencia, transparencia, seguridad y calidad, en función de lograr La Nueva Ética Socialista, La Suprema Felicidad Social y la Democracia Participativa y Protagónica, entre otros.
3.4.1 Identificar barreras a la transformación impuestas por el marco Jurídico Vigente
Aprovechar el análisis y propuesta de rediseño de procesos de gestión administrativa y de servicios al ciudadano de los poderes públicos del Estado, para identificar, mediante análisis detallado de leyes, reglamentos, normas y providencias que puedan representar una barrera para la optimización de los procesos, y validar si la solución tecnológica puede dar garantía igual o mejor de seguridad y transparencia.
3.4.2 Recomendación y promoción de ajustes al Marco Jurídico para superar barreras
Aprovechar el marco de la Ley Habilitante ahora, y posteriormente los procesos ordinarios de legislación, para solicitar e impulsar los cambios al marco jurídico, necesarios para la modernización efectiva de los procesos del Estado apoyados en las tecnologías de Información y Comunicación y los servicios Postales.

4. Uso de aplicación de los TIC y SP como herramientas habilitadoras del desarrollo
Es claro que sólo el acceso a las plataformas y servicios de Tecnologías de Información y Comunicación, y a los Servicios Postales no es suficiente para habilitar el desarrollo económico, social, cultural y político de la nación. La forma y el para qué se utilizan es un factor crítico para lograr esos objetivos. Esta palanca apunta a la promoción co-responsable Estado - centros educativos – empresas – comunidades - ciudadanos para la mejor combinación de usos de las Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales como herramientas habilitadoras de ese desarrollo, y la mejora en la calidad de vida para todos que debe acompañarlo.

Objetivos Estratégicos
4.1 MEJORAR NIVELES DE INCLUSIÓN EN SECTORES PRIORITARIOS
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales hacia el aprovechamiento de dichas herramientas para la creación de soluciones estructurales e integrales que le permitan ampliar y mejorar su capacidad de respuesta en sectores prioritarios de su gestión de servicios al ciudadano; por ejemplo: educación, salud, seguridad, y producción y empleo, entre otros.
4.1.1 Promover el desarrollo y uso de soluciones para las PyMEs y nuevas formas de asociación productiva
Ofrecer a las PyMEs y nuevas formas de asociación productiva venezolanas soluciones Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales que satisfagan sus verdaderas necesidades, al alcance de sus posibilidades económicas y que respondan a modelos de negocio apropiados para el Nuevo Modelo Productivo Socialista.
4.1.2 Apalancar el desarrollo de soluciones Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales para las industrias energéticas
Apoyar a la industria energética nacional en su gestión eficiente, eficaz y transparente, en línea con los objetivos trazados por el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y los planes del sector, mediante soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales idóneas y seguras.
4.1.3 Potenciar el Sistema Productivo Nacional mediante el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación y los Servicios Postales 
Promover la creación de soluciones Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales que apoyen a los actores del Sistema Productivo Nacional a satisfacer las necesidades del pueblo venezolano, apalancando al Nuevo Modelo Productivo Socialista.
4.1.4 Potenciar los Sistemas de Servicio Público mediante el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación y de los Servicios Postales
Ampliar y potenciar la capacidad de respuesta, penetración y cobertura de los sistemas de educación, salud, seguridad ciudadana, seguridad social, entre otros, mediante la adopción y uso de soluciones idóneas de Tecnologías de Información y Comunicación y de los Servicios Postales.

4.2 INCORPORAR TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN A LOS
PROCESOS EDUCATIVOS
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales para difundir y compartir entre la población del país en proceso de formación y aprendizaje el conocimiento y buenas prácticas en el uso ético y con conciencia social de estas herramientas. Para lograrlo, esta palanca parte del reconocimiento de que los procesos de formación y aprendizaje no sólo se dan en las instituciones educativas.
La formación es un proceso de vida y continuo que se da en todos los espacios: en la familia, las comunidades, las fábricas, en los talleres y en los campos, entre otros.
4.2.1 Fortalecer e impulsar la formación en todos los niveles educativos y comunidades organizadas en el uso y aplicación de las Tecnologías de Información y Comunicación
Formalizar la enseñanza del potencial y aplicabilidad de las Tecnologías de Información y Comunicación para el desarrollo y crecimiento económico, social, político y cultural de los ciudadanos y las comunidades.
4.2.2 Promover la formación en Tecnologías de Información y Comunicación a entes multiplicadores de valores sociales
Dotar a quienes tienen la responsabilidad de formar a otros desde la perspectiva del hogar, la comunidad y la escuela, entre otros, de las capacidades en el uso ético y con conciencia social de las Tecnologías de Información y Comunicación.
4.2.3 Desarrollar programas de divulgación y capacitación popular en Tecnologías de Información y Comunicación
Complementar y afianzar los conocimientos y valores generados por procesos de formación, mediante estrategias de comunicación y divulgación popular que contribuyan a la apropiación del uso de las Tecnologías de Información y Comunicación como herramientas para el desarrollo personal y colectivo, en busca de una mejor calidad de vida.
4.2.4 Garantizar la conectividad de todos los centros educativos
Lograr que todos los centros educativos tengan acceso en línea para registrar, preservar y compartir conocimiento y saberes aprovechando el potencial que para ello tienen las Tecnologías de Información y Comunicación.
4.2.5 Propiciar la creación de Centros de Contenidos Educativos
Aprovechar el potencial de las Tecnologías de Información y Comunicación para la creación, registro, preservación y difusión de contenidos, como herramienta de formación de valores, así como de construcción y multiplicación del conocimiento y saberes.
4.3 FORTALECER LA PARTICIPACIÓN POPULAR
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales hacia el aprovechamiento de esas herramientas para permitir más y mejor nivel de participación popular en la definición, ejecución y control de políticas públicas. Esta palanca se definió para responder al lineamiento: “Democracia Protagónica Revolucionaria” definido en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007 – 2013, y para apalancar al Quinto Motor del Proyecto Nacional Simón Bolívar: “La Explosión del Poder Comunal: ¡Democracia Revolucionaria y Socialista!”
4.3.1 Apoyar, mediante las Tecnologías de Información y Comunicación y los Servicios Postales, la creación de condiciones para el ejercicio de la participación popular
Generar aplicaciones de las Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios
Postales seguras y de fácil uso para la totalidad de los venezolanos, de manera que contribuyan a disminuir la exclusión y las barreras para la participación. Este objetivo parte de la premisa de que para minimizar la resistencia natural a los cambios que introducen las nuevas tecnologías es necesario hacerlas “amigables” y de fácil comprensión para todos.
4.3.2 Incrementar el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación y de los Servicios Postales como herramientas de organización y promoción colectiva
Generar aplicaciones de las Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales que apoyen a los movimientos sociales en su organización, en su gestión y en la divulgación de sus valores, actividades y conocimientos y saberes que generan. Esto toma aún mayor importancia ante la relevancia que adquieren los consejos comunales, así como a la luz del Proyecto de Reforma Constitucional presentado por el Ciudadano Presidente de la República ante la Asamblea Nacional Legislativa el 15 de agosto de 2007.
4.3.3 Fortalecer a través de las Tecnologías de Información y Comunicación y de los Servicios Postales los mecanismos de Consulta Publica y Contraloría Social
Dotar al Estado, a las comunidades organizadas, a los ciudadanos venezolanos y a las asociaciones productivas con soluciones seguras y confiables de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales, para ampliar los mecanismos inclusivos de consulta pública y del ejercicio de la contraloría social.


4.4 OBJETIVO ESTRATÉGICO DE 1er NIVEL: PROMOVER LA COMUNIDAD DE
CONOCIMIENTO
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de
Servicios Postales hacia el aprovechamiento de dichas herramientas como plataforma de apoyo para la creación y crecimiento de comunidades y redes de comunidades de conocimiento, nacionales e internacionales.
Para ellos se parte del reconocimiento de que es necesario que los ciudadanos, comunidades y asociaciones socio-productivas no se conformen con ser consumidores de información o conocimientos que no cubren, o sólo cubren parcialmente sus necesidades; El verdadero valor está en la conciencia y compresión de hechos, verdades o información adquirida en la forma de experiencia o aprendizaje individual y colectivo, o a través de la introspección, para crear nuevo conocimiento y saberes que les ayuden a resolver problemas de desarrollo en sus comunidades y sus trabajos
4.4.1 Incentivar la producción de contenidos como un hecho natural de las comunidades
Promover desarrollo de aplicaciones de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales de fácil apropiación y uso por las comunidades, para aprovechar su potencial como entes generadores de conocimientos y saberes valiosos para su propio desarrollo y el desarrollo integral de la nación.
4.4.2 Promover la apropiación y adaptación de tecnologías, contenidos y saberes
Apoyar, mediante soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales de carácter inclusivo, a los ciudadanos y comunidades en su adquisición, generación y difusión de conocimiento, su apropiación, uso y adaptación a sus necesidades de contenidos y saberes.
4.4.3 Facilitar el registro, preservación y el intercambio de conocimientos, saberes populares y patrimonios culturales
Dotar a las comunidades organizadas de herramientas Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales que les permitan conformarse en comunidades y redes de conocimiento. Se entiende que el colectivo organizado en redes goza de mayor fortaleza para la innovación y la solución de problemas.
4.4.4. Fomentar un patrón cultural alternativo al paradigma hegemónico de consumo
Contribuir a que la sociedad cuente con soluciones de Tecnologías de Información y Comunicación alternativas, fundadas en valores distintos a los que han sido difundidos e infundidos en la población nacional mediante los procesos de transculturización montados sobre el dominio de las herramientas de Tecnologías de Información y Comunicación y de los centros hegemónicos de generación de contenidos.
4.4.5 Incentivar la innovación
Promover y facilitar al los ciudadanos, comunidades de ciudadanos y empresas nacionales la introducción de nuevas ideas, bienes, servicios, y prácticas de utilidad para generar mejoras en la calidad de vida de la colectividad.


5. Modelo comunicacional inclusivo
Esta línea de acción busca democratizar y garantizar la pluralidad en el hecho comunicacional venezolano. Los medios de comunicación social no pueden estar exclusivamente al alcance de grupos económicos capaces de costear los bienes de capital necesarios. El usufructo del espectro radio eléctrico limitado y el acceso a tecnologías de información como computadoras conectadas a la Internet no debe estar al servicio del capital.
Las nuevas tecnologías de Información y Comunicación, en combinación con las políticas adecuadas, pueden apalancar los esfuerzos de las comunidades por buscar sus propios espacios para el registro, preservación y distribución de conocimiento y saberes que responsan a sus necesidades o que les permitan presentar alternativas a la información cuya distribución es controlada por grupos económicos que responden a la ética e intereses del capital transnacional.

Objetivos Estratégicos
5.1 ACTIVAR LA PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN EL HECHO
COMUNICACIONAL
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales hacia garantizar que los ciudadanos cuenten con herramientas que les permitan ser sujetos activos y críticos del hecho comunicacional de principio a fin; es decir, la generación, registro, preservación y distribución.
5.1.1 Promover la creación de más y mejores medios comunitarios
Apoyar la constitución de una plataforma que permita compartir experiencias de medios comunitarios, nacionales e internacionales. Esto implica crear la infraestructura necesaria para editar la programación de los medios alternativos, y establecer mecanismos para producir mayor cantidad de material audiovisual con mejor calidad, y desarrollar productos que sistematicen la producción, operación y gestión de los medios comunitarios a través del software libre.
5.1.2 Impulsar el crecimiento de la televisión y radio de Servicio Público
Contribuir a la conformación de una plataforma de registro y transmisión de contenidos plurales, independientes de la propiedad de dicha plataforma, a ser por los medios radioeléctricos de comunicación social.
5.1.3 Promover la desconcentración de la propiedad de los medios de comunicación
Democratizar el control de los medios de difusión y garantizar la pluralidad en los mensajes transmitidos.
5.1.4 Fomentar la Producción Nacional Independiente
Promover, mediante el apoyo con tecnologías de información y comunicación, la inclusión de más y mejores productores nacionales independientes de la línea editorial de los dueños de los medios y de los patrocinantes que financian la operación de éstos.
5.1.5 Aprovechar nuevos medios de difusión
Eliminar las barreras que se imponen a la creación de nuevos medios de comunicación el espectro radio eléctrico como recurso limitado, al aprovechar los nuevos medios y tecnologías de difusión (TV Digital, IP TV, Fibra Óptica, Satélite, etc.) más eficientes.
5.1.6 Desarrollar alternativas de sostenibilidad económica para la producción y difusión de contenidos
Garantizar una alternativa de viabilidad económica de los medios de difusión y de los productores independientes no condicionada por los patrocinantes, buscando bajar los costos de los equipos de registro, preservación y medios de difusión.

5.2 INCENTIVAR LA PERCEPCIÓN CRÍTICA DEL MENSAJE
Orientar la acción del Estado en materia de Tecnologías de Información y Comunicación y de Servicios Postales hacia facilitar a los ciudadanos la herramientas para el análisis crítico y comparativo de los mensajes difundidos por diferentes medios de comunicación social, páginas Web y correo electrónico...
5.2.1 Incrementar la calidad de imágenes y contenidos nacionales
Hacer que desde el punto de vista de calidad técnica, los contenidos nacionales transmitidos por los medios de comunicación o difundidos a través de la Internet sean más atractivos para los usuarios.
5.2.2 Incentivar la difusión de valores propios a la idiosincrasia del venezolano
Revertir o equilibrar los valores ajenos a la cultura e idiosincrasia venezolana y de las distintas regiones del país, difundidos como producto de la transculturización que acompaña a la globalización.
5.2.3 Fomentar matrices de opinión plurales incentivando valores humanos socialistas
Ayudar, mediante el acompañamiento a los procesos de creación de nuevos medios comunitarios o alternativos, a la toma de conciencia por parte de los venezolanos de la necesidad de adoptar valores que privilegien la condición humana y la preservación del ambiente y la naturaleza para generaciones por venir, por sobre la acumulación de capital de manera irresponsable social y ambientalmente.